26 de abril de 2021
Colombia y España, procesos de investigación y formación de la investigación
Juan Sebastián Sabogal Parra
Es a partir de la modernidad que se plantea un profundo interés por establecer una estructura del conocimiento, donde el saber ha de ser demostrado a través de un método, y es René Descartes (2011) el mejor exponente de tal pensamiento. En su Discurso del método, no sólo específica los principios de lo que conocemos hoy como investigación, sino que además expone de manera concreta los intereses que un hombre de naturaleza “crítica” ha de tener. De allí emerge el conocido “cogito ergo sum” (pienso, luego soy), palabras que no sólo invitan a la duda metódica, sino que también promueven de manera constante a la construcción de nuevo conocimiento respecto a la realidad del individuo, pues ello no permite la quietud del ser; por el contrario, lo mantiene en un devenir.
En tal sentido, la investigación se configura como uno de los elementos centrales tanto para el desarrollo de los diferentes centros de estudios universitarios como para los Estados, que encuentran en el conocimiento un capital de gran relevancia. Por esta razón, dichos espacios de estudios superiores han visto la necesidad de estructurar su enseñanza a través de algo conocido como la investigación formativa, que no sólo hace parte de esa búsqueda humana de la verdad que menciona el pensador francés, también expone al mismo tiempo la exigencia de comprender la praxis investigativa. Si el objetivo central de estos espacios del saber se encuentra en el “cultivo del saber superior y su difusión, no puede concebirse una universidad sin investigación, pues es de ahí de donde surge el saber superior” (Parra, 2004, p. 58) Y para lograr tal nivel investigativo se requiere de investigadores con una serie de habilidades concretas que permitan el desarrollo de amplios y complejos proyectos que permitan el avance de un campo del saber, tal como lo buscan los Estados. Se convierte en un medio a través del cual se mejora la calidad de vida de la población en general.
Dado este contexto, se abordará un análisis de las diversas perspectivas que se tienen con respecto a la investigación formativa en dos contextos particulares. Por un lado, se identifica el caso colombiano, donde se han aunado diversos esfuerzos para mejorar el desarrollo de los procesos de investigación en niveles de formación terciaria (posgrados y maestrías). Por otro lado, se observará el desarrollo que ha obtenido España en tal materia, que en la actualidad se encuentra en el puesto número 10 del ranking SCImago Journal Rank, ubicándola como el único país de habla hispana entre los diez primeros. Dicho ranking mide el impacto de las producciones científicas y el uso que se le da a dichos resultados de investigación en diversas redes de conocimiento.
De igual manera, se ahondará en el concepto de investigación formativa y se realizará un barrido general por la política educativa colombiana y española que regula este nivel de formación. También se hará una comparación entre los procesos que se han generado en ambos modelos y se realizará una comparación entre los resultados que tienen uno y otro modelo profundizando más allá de la posición que ocupan respecto a otros países en el ranking del SCImago Journal. Finalmente, se propone conclusiones relacionadas con la importancia de dicho tipo de investigación en el contexto actual de los diversos niveles de formación superior.
La investigación como formación
Tal como se ha mencionado, la investigación forma parte fundamental de los procesos de formación y producción de nuevo conocimiento en los centros de educación superior. Así, la investigación formativa emerge como una posibilidad para profundizar en la práctica de los investigadores en las diversas áreas del conocimiento y más aún en los niveles de educación terciaria. Así, se entiende la investigación como “La investigación, cuando se orienta a la formación académica y profesional establecida dentro de un marco curricular formalmente definido…”(Parra, 2004, p. 71). Es decir, todo proceso que se establezca en el marco de la enseñanza-aprendizaje y que no sólo se enfoque al conocimiento teórico y conceptual de la investigación, sino en una perspectiva curricular amplia que establezca relaciones con los conceptos fundamentales del área específica de estudio. De esta manera, se justifica la importancia del uso de la investigación como una metodología y no como la mera construcción de un producto final.
En este sentido, es concretamente la universidad la institución llamada a establecer el uso de dicha metodología, sin dejar de lado el papel de la industria y otras instituciones. Sin embargo, en el campo académico es ella la encargada de construir y transformar el conocimiento y de formar a los futuros investigadores. Se entiende, entonces, que “…la investigación básica o aplicada que se desarrolla en una universidad es también una escuela para la formación de investigadores noveles.”(Parra, 2004, p. 59). De esta manera, cada uno de los ejercicios que se desarrollen en la institución no debe ser aislado de todo el proceso de enseñanza, sino que debe mantener un enfoque a través del ejercicio investigativo para cumplir con uno de los objetivos que se asume tiene la educación superior: promover un nivel enfocado al desarrollo científico de un país.
Comprender así la investigación como parte integral de toda formación permite la estructuración de un proceso de enseñanza-aprendizaje en el que cada uno de sus aspectos se relacionan directamente con la ejecución de una habilidad. La identificación de una problemática y la construcción de una pregunta de investigación se configura en un medio a través del cual se puede abrir una perspectiva e identificar nuevos caminos para el desarrollo científico de una o varias áreas del conocimiento. En este sentido, el estudiante, investigador novel, ha de tomar una mirada a través de la cual construir y definir el enfoque mismo desde el que estructura su saber: “…la postura que hace posible la investigación formativa es la de resaltar el carácter dinámico y progresivo del conocimiento, su complejidad y contingencia.”(Parra, 2004, p. 72). De esta forma, todo lo que implica el desarrollo de dicho proceso se conforma en un complemento perfecto para todo proceso de enseñanza-aprendizaje más, aun cuando se habla de los procesos establecidos en la educación superior.
En conclusión, la forma como se concibe la investigación, la manera en que se establece la relación enseñanza-aprendizaje e investigación y el uso que se le da a ella en el aula, configuran un marco conceptual que permite dar un reconocimiento a la manera en que se desarrollan dichos procesos en cualquier contexto. , en concreto, en el ejercicio de la formación en el tercer nivel.
Regulación de la educación superior y de tercer nivel en Colombia y España
El marco legal que establece la relación directa entre el nivel de estudios posgradual y la investigación es relativamente amplio en Colombia. Dada una perspectiva enfocada en la búsqueda de calidad y competitividad a nivel nacional e internacional, el Estado ha contribuido con la conformación de un marco normativo que establece como una necesidad impajaritable de la educación la transformación y generación de nuevas miradas sobre las áreas del conocimiento que cada institución de educación superior propone.
En primer lugar se encuentra la Ley 30 de 1992, que configura la base de la normatividad que regulará el sistema educativo en su nivel superior. El artículo 4, resalta la importancia de establecer que la educación ha de desarrollarse “en un marco de libertades de enseñanza, de aprendizaje, de investigación y de cátedra” (Ley 30 de 1992, 1992). Así, desde la normatividad se encuentra que la investigación es parte fundamental en la medida en que la educación no es comprendida a partir de un modelo de reproducción, por el contrario, se encuentra como parte de todo un proceso que incluye la libertar de la enseñanza. De esta manera, se entiende que la transformación constante del conocimiento es parte integral de los procesos que desarrolla la formación universitaria en sus diversos niveles.
Así mismo, en su artículo 12, se estipula que “Los programas de maestría, doctorado y postdoctorado tienen a la investigación como fundamento y ámbito necesario de su actividad. Las maestrías buscan ampliar y desarrollar los conocimientos para la solución de problemas disciplinarios, interdisciplinarios o profesionales” (Congreso de la República, 1992). Este fragmento pone en el centro del desarrollo de toda formación posgradual, la investigación, no sólo como ejercicio adicional que se ha de ejecutar en el transcurso de su desarrollo, sino como fundamento y necesidad para el buen funcionamiento de dicho programa y se entiende, para el tipo de contribuciones que se espera de los profesionales que egresen de tales niveles de formación. En este mismo sentido, el artículo 19 afirma que las universidades son aquellas instituciones que dentro de su actividad dedica alta importancia a la investigación. De esta manera, se entiende que la investigación forma parte integral de la estructuración de las instituciones de educación superior, invariablemente del área en el que se desarrollen sus procesos de formación.
Por otro lado, pero en la misma línea, se encuentra que en la Ley General de Educación (Ley 115 de1994), la formación de docentes se enfoca como un elemento central del procesos de formación en los diversos niveles de educación. En el artículo 109 se entiende que, de forma más concreta, en los programas educativos enfocados al docente se tomará una mirada central al fortalecimiento de la investigación, como una posibilidad del desarrollo del campo pedagógico. Se estipula que adicional a lo que propone la ley 30, en esta se específica aún más el rol que tienen dichos procesos de transformación del conocimiento en un área como la educación.
Así mismo, como se establece la necesidad de un fuerte componente investigativo en la educación superior, la ley 1188 de 2008, establece que para tener un alto estándar educativo, el Registro Calificado, sólo será obtenido por aquellas instituciones que, entre otras cosas, tenga como fundamento “La adecuada formación en investigación que establezca los elementos esenciales para desarrollar una actitud crítica, la capacidad de buscar alternativas para el desarrollo del país.”(Congreso de la República, 2008). Este componente que antes se presentaba como un requisito de carácter académico y mucho más ajustado a elementos como la fundamentación o el impulso de una práctica, se establece aquí como un requisito necesario para la obtención de una acreditación por parte del gobierno respecto a la calidad de la educación ofrecida por una institución, elemento fundamental dentro de la competencia del mercado actual.
En cuanto al concepto de calidad educativa emerge igualmente la necesidad de establecer procesos de transformación de la formación. Es por esta razón, que en el decreto 2566 de 2003, se establece que uno de los requisitos mínimos para el ofrecimiento de la educación superior es la formación en investigación. Al respecto, el decreto estipula que “La institución deberá presentar de manera explícita la forma como se desarrolla la cultura investigativa y el pensamiento crítico y autónomo que permita a estudiantes y profesores acceder a los nuevos desarrollos del conocimiento” (Presidencia de la República, 2003). De tal manera, se evidencia que la investigación se convierte en uno de los elementos más relevantes de la formación en la educación superior. Entonces, toda institución en el nivel de formación superior ha de establecer una propuesta que permita el desarrollo de las diversas áreas del conocimiento enfocado tanto en el rol del alumno como en el docente.
De modo similar, el decreto 0272 de 1998 establece que la dentro de la construcción misma de los programas que imparte la educación superior en sus niveles de pregrado y posgrado, debe existir una relevancia de los procesos de investigación por sobre otros procesos de formación. En este sentido, el Artículo 9 especifica todos los factores que han de tenerse en cuenta a la hora de establecer un correcto funcionamiento en la construcción de programas enfocados en la investigación, entre otros, mantener medios de divulgación, personal dedicado a la investigación y medios básicos para ejecutar las investigaciones.
En definitiva, existe un marco normativo amplio que estipula como una obligatoriedad el desarrollo de procesos de investigación y la formación en investigación en los diversos niveles de formación y, más aún, en los niveles de pregrado y posgrado. Allí se estructura con mucho más rigor este proceso y se exigen con mayor notoriedad resultados y desarrollos a las instituciones. De esta manera, la normatividad no sólo establece una relación directa entre la institución, la formación y la investigación, sino también la necesidad que observa el Estado en el funcionamiento de los programas en los que se ha de impulsar la transformación de la realidad como un objetivo real de la educación.
En España, la Ley Orgánica 6/2001 establece la estructura básica de las instituciones de educación superior en el marco de la reformulación generada por la integración de las naciones europeas en la Unión Europea. Dicho documento expone los principios y la función misma de las Universidades como centros que prestan un servicio público: “La Universidad realiza el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio.”(Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades., s. f.) La investigación funge nuevamente como un elemento central para la formación de profesionales con capacidad de transformación y generación de conocimiento de forma no muy diferente a lo que postula el marco legal en Colombia. Sin embargo, la Ley Orgánica desarrolla con mayor profundidad el papel principal que cumple la investigación, estableciendo no sólo que esta acción tiene la capacidad de transformar la relación existente entre el estudiante, la institución y el conocimiento, sino que también se percibe, ya desde el marco legal, como un medio a través del cual se puede transmitir el conocimiento en una doble vía, siendo una la aprehensión del estudiante-investigador y por otro la exposición del conocimiento a la sociedad.
De tal manera, la investigación tiene un significado mucho más amplio para la formación en España: se observa como una obligación de las instituciones de educación superior no sólo con sus estudiantes sino con la sociedad en general que, tal como se percibe en la legislación, se entiende como un grupo humano en espera de los desarrollos generados por aquellos que se dedican a dicho nivel de estudios.
En tal sentido, la perspectiva establecida por la legislación española y los fomentos sus propuestas para el desarrollo de la investigación, estimula constantemente el uso de la investigación formativa como el fin mismo de cualquier tipo de formación, estimulando y exigiendo a sus profesionales y profesionales en formación a tener amplias habilidades para el desarrollo del conocimiento y para la apertura social del mismo.
Este enfoque demuestra por qué en el Estado ibérico es posible encontrar altos niveles de investigación en diversas ramas del conocimiento a diferencia de lo que ocurre en Colombia, donde no sólo se observa una tímida insinuación del papel de la investigación en la formación superior, sino que se omite absolutamente la viabilidad para transformar la realidad de grupos sociales amplios a partir del conocimiento desarrollado al interior de dichas instituciones. Esto se convierte en una representación de absoluta pasividad por parte de docentes y estudiantes, quienes pasan por la institución sin aportar de manera radical a los procesos de transformación social del conocimiento según las cifras expuestas previamente.
Conclusión
En definitiva, la investigación formativa se abre camino como una posibilidad en la formación de la educación superior, al tiempo que ha de ser observada como una necesidad para el desarrollo social del conocimiento y la cimentación de habilidades investigativas en los profesionales que egresan de las instituciones de educación superior. La perspectiva diferenciada que existe entre el marco legal español y el colombiano señala los grandes beneficios que pudo generar la integración europea y la apertura al conocimiento crítico y a la transformación constante del saber superior que debe cambiar constantemente. En Colombia, por el contrario, la investigación aún se percibe tímidamente como aquél saber inmaculado que sólo puede ser manejado por las instituciones de más alto nivel, grandes diferencias percibidas a la luz del concepto de investigación formativa y del marco legal fundamental de los dos países.
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Referencias.
Ley 30 de 1992, Pub. L. No. 30, 26 (1992).
Descartes, R. (2011). Descartes. Editorial Gredos.
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. (s. f.). 58.
Parra, C. (2004). Apuntes sobre la investigación formativa. Educación y Educadores, 7, 57-77.